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PONTIFICIUM CONSILIUM
PRO LAICIS
1330/03/S-61/A-74
DECRETO
Los orígenes de la Unión del
Apostolado Católico se remontan al 9 de enero de 1835, cuando,
por inspiración divina, San Vicente Pallotti (1795-1850) decidió
fundar una obra en la que todos los miembros del Pueblo de Dios
pudieran participar unidos en la misión evangelizadora de la
Iglesia. San Vicente Pallotti estaba embargado por la idea de que
todos los bautizados, en respuesta al “mandamiento nuevo” de la
caridad (cfr. Jn 15, 12-15), están llamados a empeñarse
activamente por la salvación del prójimo tanto como por la propia,
y que además las iniciativas apostólicas personales resultan más
eficaces si se llevan a cabo en forma conjunta y orientadas a la
tarea común de vivir y propagar juntos el Evangelio.
Con un desarrollo constante en el
curso de los años, la Unión del Apostolado Católico que
desde sus comienzos estuvo integrada por laicos y clérigos,
seculares y consagrados, se ha articulado en muchas comunidades de
fieles de todo estado de vida y condición, deseosas de plasmar la
misma vocación según los ideales apostólicos del Fundador.
Compartir el mismo carisma presupone la necesaria distinción y
complementación entre los distintos estados de vida en la comunión
eclesial.
A lo largo de su historia la
Unión del Apostolado Católico ha recibido muchas
demostraciones de consideración por parte de la autoridad
eclesiástica. Con rescripto del 4 abril de 1835, el entonces
Vicario de Roma, cardenal Carlo Odescalchi, concedió toda
bendición a los miembros de la recién nacida Pía Unión del
Apostolado Católico. Posteriormente, con rescripto del 11 de
julio del mismo año, el papa Gregorio XVI concedió «mil
bendiciones» a la misma asociación (cfr. San Vicente Pallotti,
Obras Completas, IV, pp. 3 y 9).
Como se lee en el art. 1 del
Estatuto General, «la Unión del Apostolado Católico, don
del Espíritu Santo, es una comunión de fieles que, según el
carisma de San Vicente Pallotti, promueven la corresponsabilidad
de todos los bautizados por reavivar la fe y reencender la caridad
en la Iglesia y en el mundo y llevar a todos a la unidad de
Cristo».
En su homilía en la iglesia
romana de San Salvatore in Onda, el 22 de junio de 1986, Su
Santidad Juan Pablo II subrayó los puntos centrales del carisma
que recibió San Vicente Pallotti. Mirando hacia el futuro, el
Romano Pontífice dijo en aquella ocasión: «¡seguid multiplicando
vuestro empeño para que lo que Vicente Pallotti anunció
proféticamente y el Concilio Vaticano II autorizadamente confirmó,
llegue a ser una feliz realidad, y todos los cristianos sean
auténticos apóstoles de Cristo en la Iglesia y en el mundo!»
(Enseñanzas de Juan Pablo II, 9/1 [1986], p. 1899).
El Concilio Ecuménico Vaticano II,
como también el Magisterio post-conciliar, le dio especial
atención a las formas conjuntas de participación en la vida de la
Iglesia, manifestando al respecto su profunda consideración (cfr.
decreto sobre el apostolado de los laicos Apostolicam
actuositatem, 18, 19 y 21; exhortación apostólica post-sinodal
Christifideles laici, 29).
En el mismo sentido, al principio
del nuevo milenio Juan Pablo II ha escrito que reviste una gran
importancia el «promover las varias realidades conjuntas, que
tanto en formas más tradicionales como en las más nuevas de los
movimientos eclesiales, siguen dando a la Iglesia una vitalidad
que es don de Dios y constituye una auténtica primavera del
Espíritu» (Carta apostólica Novo Millennio ineunte, 46).
Por todo lo cual,
Vista la instancia que en nombre
de todos los miembros de la familia palotina presentó el Reverendo
Padre Séamus Freeman, S.A.C., presidente del Consejo de
Coordinación General de la Unión del Apostolado Católico,
en el que se solicita la erección de esta agregación como
asociación pública internacional de fieles, además de la
aprobación del Estatuto General;
Considerando la oportunidad de
proceder en ese sentido para dar pleno cumplimiento a los ideales
fundacionales de San Vicente Pallotti, y ofrecer un nuevo impulso
a la difusión del carisma propio de la Unión del Apostolado
Católico en la Iglesia y en el mundo;
Vistos los artículos 131-134 de
la Constitución apostólica Pastor Bonus sobre la Curia
Romana y el canon 312, § 1, 1° del Código de Derecho Canónico, el
Pontificio Consejo para los Laicos decreta:
1) la erección de la Unión del
Apostolado Católico como asociación pública internacional de
fieles de derecho pontificio, con personería jurídica, según la
norma de los cánones 298-320 y 327-329 del Código de Derecho
Canónico;
2) la aprobación por un período
ad experimentum de cinco años del Estatuto General, cuya
copia debidamente autenticada queda depositada en los archivos de
este Dicasterio.
Dado en el Vaticano, el
veintiocho de octubre de dos mil tres, fiesta de los Santos
Apóstoles Simón y Judas Tadeo.
Guzmán Carriquiry
Stanisław Ryłko
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