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Decreto de erección canónica de la Unión del Apostolado Católico

PONTIFICIUM CONSILIUM

PRO LAICIS

1330/03/S-61/A-74

 

 

  DECRETO

 

 

            Los orígenes de la Unión del Apostolado Católico se remontan al 9 de enero de 1835, cuando, por inspiración divina, San Vicente Pallotti (1795-1850) decidió fundar una obra en la que todos los miembros del Pueblo de Dios pudieran participar unidos en la misión evangelizadora de la Iglesia. San Vicente Pallotti estaba embargado por la idea de que todos los bautizados, en respuesta al “mandamiento nuevo” de la caridad (cfr. Jn 15, 12-15), están llamados a empeñarse activamente por la salvación del prójimo tanto como por la propia, y que además las iniciativas apostólicas personales resultan más eficaces si se llevan a cabo en forma conjunta y orientadas a la tarea común de vivir y propagar juntos el Evangelio.

 

            Con un desarrollo constante en el curso de los años, la Unión del Apostolado Católico que desde sus comienzos estuvo integrada por laicos y clérigos, seculares y consagrados, se ha articulado en muchas comunidades de fieles de todo estado de vida y condición, deseosas de plasmar la misma vocación según los ideales apostólicos del Fundador. Compartir el mismo carisma presupone la necesaria distinción y complementación entre los distintos estados de vida en la comunión eclesial.

 

            A lo largo de su historia la Unión del Apostolado Católico ha recibido muchas demostraciones de consideración por parte de la autoridad eclesiástica. Con rescripto del 4 abril de 1835, el entonces Vicario de Roma, cardenal Carlo Odescalchi, concedió toda bendición a los miembros de la recién nacida Pía Unión del Apostolado Católico. Posteriormente, con rescripto del 11 de julio del mismo año, el papa Gregorio XVI concedió «mil bendiciones» a la misma asociación (cfr. San Vicente Pallotti, Obras Completas, IV, pp. 3 y 9).

 

            Como se lee en el art. 1 del Estatuto General, «la Unión del Apostolado Católico, don del Espíritu Santo, es una comunión de fieles que, según el carisma de San Vicente Pallotti, promueven la corresponsabilidad de todos los bautizados por reavivar la fe y reencender la caridad en la Iglesia y en el mundo y llevar a todos a la unidad de Cristo».

 

            En su homilía en la iglesia romana de San Salvatore in Onda, el 22 de junio de 1986, Su Santidad Juan Pablo II subrayó los puntos centrales del carisma que recibió San Vicente Pallotti. Mirando hacia el futuro, el Romano Pontífice dijo en aquella ocasión: «¡seguid multiplicando vuestro empeño para que lo que Vicente Pallotti anunció proféticamente y el Concilio Vaticano II autorizadamente confirmó, llegue a ser una feliz realidad, y todos los cristianos sean auténticos apóstoles de Cristo en la Iglesia y en el mundo!» (Enseñanzas de Juan Pablo II, 9/1 [1986], p. 1899).

 

            El Concilio Ecuménico Vaticano II, como también el Magisterio post-conciliar, le dio especial atención a las formas conjuntas de participación en la vida de la Iglesia, manifestando al respecto su profunda consideración (cfr. decreto sobre el apostolado de los laicos Apostolicam actuositatem, 18, 19 y 21; exhortación apostólica post-sinodal Christifideles laici, 29).

 

            En el mismo sentido, al principio del nuevo milenio Juan Pablo II ha escrito que reviste una gran importancia el «promover las varias realidades conjuntas, que tanto en formas más tradicionales como en las más nuevas de los movimientos eclesiales, siguen dando a la Iglesia una vitalidad que es don de Dios y constituye una auténtica primavera del Espíritu» (Carta apostólica Novo Millennio ineunte, 46).

 

            Por todo lo cual,

 

            Vista la instancia que en nombre de todos los miembros de la familia palotina presentó el Reverendo Padre Séamus Freeman, S.A.C., presidente del Consejo de Coordinación General de la Unión del Apostolado Católico, en el que se solicita la erección de esta agregación como asociación pública internacional de fieles, además de la aprobación del Estatuto General;

 

            Considerando la oportunidad de proceder en ese sentido para dar pleno cumplimiento a los ideales fundacionales de San Vicente Pallotti, y ofrecer un nuevo impulso a la difusión del carisma propio de la Unión del Apostolado Católico en la Iglesia y en el mundo;

 

            Vistos los artículos 131-134 de la Constitución apostólica Pastor Bonus sobre la Curia Romana y el canon 312, § 1, 1° del Código de Derecho Canónico, el Pontificio Consejo para los Laicos decreta:

 

            1) la erección de la Unión del Apostolado Católico como asociación pública internacional de fieles de derecho pontificio, con personería jurídica, según la norma de los cánones 298-320 y 327-329 del Código de Derecho Canónico;

 

            2) la aprobación por un período ad experimentum de cinco años del Estatuto General, cuya copia debidamente autenticada queda depositada en los archivos de este Dicasterio.

 

            Dado en el Vaticano, el veintiocho de octubre de dos mil tres, fiesta de los Santos Apóstoles Simón y Judas Tadeo.

 

 

                  Guzmán Carriquiry                                                                               Stanisław Ryłko